Infancia. ¿Para qué sirve la voz? Participación de los niños, niñas y adolescentes en el proceso de mediación*

Autora: Susana Rossin. Publicado en Revista Sistemas Familiares. Año 28. Noviembre/2012.

 

Este artículo destaca y describe la importancia de la voz de los niños, niñas y adolescentes en los procesos en los que están involucrados. En primer lugar, se realiza una breve síntesis del sustento legal de su participación y se destaca el cambio de paradigmas que se ha producido en la legislación vigente en los últimos años. A tales fines se desarrollan los conceptos de Paradigma de la situación irregular y Paradigma de la protección integral y se analizan brevemente los principios que sustentan la “Ley de Patronato o Ley Agote” (Ley 10903 de 1919) y la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN) y se hace referencia a la Ley Nacional N.º 26061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que derogó la ley anterior e incorporó operativamente los principios de la CIDN y el nuevo paradigma al cuerpo legal nacional.

A los efectos de analizar las características y modalidades de dicha participación, se caracteriza la mediación y, dentro de ella, la mediación familiar. Se profundiza en las ideas de cuándo, cómo y para qué es considerada importante la inclusión de la voz del niño. Uno de los principios tenidos en cuenta a lo largo del texto es el de focalizar más en el hacer que en las teorías que la sustentan. De tal manera se realizan reflexiones que derivan de la práctica de trabajar con familias y se desarrolla muy brevemente la descripción de un caso de conversaciones colaborativas en mediación.

Palabras clave: Infancia – voz – multiplicidad – mediación familiar – conversaciones colaborativas – niños – niñas –adolescentes.

This article highlights and describes the importance of children`s and teenagers voice in those processes in which they are involved in. First of all, a summary of the legal support in their participation is developed and the changes in paradigm happened in current legislation in the last years is emphasized. In that regard, to explain these paradigms changes, concepts of “Irregular Situation Paradigm” and “Comprehensive protection Paradigm” are defined and briefly discusses the principles behind the “Law of Trustees or Law Drain” (Law 10,903 of 1919) and the International Convention on the Rights of the Child (CRC) and referenced to the National Law No. 26.061 of Integral Protection of the Rights of Children and Adolescents which repealed previous legislation and incorporated operationally the principles of the CRC and the new paradigm to the national legal body. In order to analyze the characteristics of this participation, the mediation process, and the family`s mediation process within it, is described. We focus on the ideas on when, how and for what the importance of children`s voice is considered. One of the main principles taken into account throughout this paper is to focus more in the Dos rather than the theories that support them. Finally, following this described concept, there is an example of a family mediation case, where collaborating talks were applied.

Key Words: Infancy – voice – multiplicity – family mediation – collaborating talks – boys – girls – adolescents.

* Agradezco a las familias que me brindan su confianza y sus relatos y a mis maestros y amigos Eduardo Cárdenas y Lino Guevara por su permanente apoyo y sabiduría compartida.

** Susana Mirta Rossin. Abogada, mediadora, orientadora familiar. susanarossin@yahoo.com.ar

“Cuando es verdadera, cuando nace de la necesidad de decir, a la voz humana no hay quien la pare. Si le niegan la boca, ella habla por las manos, o por los ojos, o por los poros, o por donde sea. Porque todos, toditos, tenemos algo que decir a los demás, alguna cosa que merece ser por los demás celebrada o perdonada”. Eduardo Galeano. El libro de los abrazos.

“Mamá, ¿por qué no puedo tocar la luna?”. Sofía. 2 años.

 1. Introducción

Este trabajo se basa en la experiencia del trabajo con familias (en mediación, orientación familiar y consultas), en el ejercicio cotidiano de vivir en relación con otros y en la profunda convicción de que la voz humana, voz sin edad ni tiempo, es generadora de realidades.

Parto de la idea de que la práctica profesional sustentada en el desarrollo de diálogos abiertos e inclusivos es el germen de una sociedad pacífica y solidaria.

A los fines del desarrollo del tema previsto, es de utilidad preguntarnos qué significa la palabra infancia.

La etimología de la palabra proviene del latín, infans -ntis (de la cual proviene infante) se forma con el prefijo privativo in- antepuesto a fante, participio presente del verbo fari ‘hablar’, o sea que infans significa literalmente ‘no hablante’. De manera que podríamos decir que, cuando hablamos de infancia, hablamos o, por lo menos, hemos hablado, de quienes no tienen voz.

En español se llama infancia al período de la vida que va desde el nacimiento hasta la adolescencia. En inglés tiene un significado más acotado, ya que infancy se usa para referirse a los bebés o lactantes.

La metáfora que proviene del latín ha sido una verdad puesta en práctica durante largo tiempo y aún hoy en día se mantiene de muchas maneras.

“Este cuidar por lo etimológico nos remite a etymon, que significa, en griego, lo cierto; porque los griegos consideraban que lo cierto de una palabra es su origen, el momento inaugural en que fueron pronunciadas por primera vez. Para Nietzche, apasionado filólogo, la etimología demuestra cómo las palabras supuestamente literales son en realidad antiguas figuras poéticas, fósiles prestos a resucitar: las verdades no son sino arcaicas metáforas olvidadas” (Bordelois, 2005, pág. 39).

De hecho, y remitiéndonos a la esfera legal, hasta no hace muchos años, los niños, niñas y adolescentes#, denominados menores, considerados legalmente incapaces y objetos de derecho, debían ser representados por sus padres o tutores adultos, en las cuestiones en las que se veian involucrados. Su voz no podía ser escuchada sino a través de la voz de los adultos.

Los niños eran denominados “menores”, definiéndose su condición a partir de una descripción negativa que reflejaba una carencia y no un atributo que los identificara: menor era aquel que no era mayor de edad. Como asevera Edson Seda: “hacían de cuenta que definían, diciendo del menor, en ese concepto, no lo que es, sino lo que no es. Violaban flagrantemente la regla aristotélica básica, de que yo defino una cosa diciendo lo que una cosa es, jamás diciendo lo que no es. Este vacío de contenido (o esa opción deliberada) en términos conceptuales generó, en términos reales de la organización social, un sistema de exclusión social, traducido en políticas para menores, jueces para menores. … Cuando hablo de menor hablo de lo que las personas no son… jamás hablo de su sustancia íntima, de su individualidad, de su identidad, de su esencia como sujeto” (1997).

La representación y la forma de protección eran descriptas y reguladas por la llamada “Ley de Patronato o Ley Agote” (Ley 10.903 de 1919). Cualquier problema social en el que los chicos estuvieran inmersos era convertido en una cuestión judicial (abandono, niños o adolescentes en conflicto con la ley, niños o niñas en situaciones de riesgo social o víctimas de delitos, o en infracción con la ley penal), de ahí la denominación de este encuadre como “Paradigma de la Situación Irregular”.

El Estado asumía una función paternalista, a través de la cual los jueces cumplían una tarea de reparación o corrección de las “situaciones irregulares” en las que se encontraban tanto los chicos que cometían delitos, como los que habían sufrido algún tipo de maltrato, abandono o abuso. Tenían facultades para institucionalizarlos. La prevención consistía en alejarlos de sus familias para evitar peligros o males mayores e insertarlos en instituciones que se proponían reeducar, curar, criar o proteger.

Este modelo generó a lo largo del siglo una cantidad de niños internados en institutos asistenciales, penales, psiquiátricos o de otros tipos, con la particularidad de que, privados de su libertad, no gozaban de los derechos y garantías que cualquier adulto en idénticas condiciones sí tendrían (por ej.: patrocinio letrado, ser escuchados e informados, etc.).

En el año 1990, la Argentina incorporó a su derecho interno la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN) que fuera aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989, y con la reforma constitucional de 1994, el art. 74 inc. 22 de la Constitución Nacional le otorga a la CIDN jerarquía superior a las leyes, esto es, jerarquía constitucional.

Este nuevo estatus legal introduce un cambio de paradigma y constituye un punto de inflexión en la forma de concebir a la infancia y su relación con el Estado, con la familia y con la comunidad.

Del “paradigma de la situación irregular” se pasó al “paradigma de la protección integral”, que considera a los niños “sujetos plenos de derecho”, con capacidades en desarrollo, responsables, titulares de derechos y garantías y de mecanismos que les permiten exigir y demandar a autoridades, jueces y familia, el cumplimiento de los mismos. Todo esto constituye el llamado “interés superior del niño”. Se incluyen, entre otros, derechos como los de ser informados y ser escuchados en las cuestiones que los involucren y que sus opiniones sean tenidas en cuenta.

No obstante ello, y si bien se sancionaron leyes provinciales o locales que adoptaron los nuevos principios sobre infancia (por ejemplo, la Ley 114 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires), a nivel nacional la Ley de Patronato siguió vigente hasta que en septiembre del año 2005 se sancionó la Ley Nacional N.º 26061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que derogó la ley anterior e incorporó operativamente los principios de la CIDN y el nuevo paradigma al cuerpo legal nacional.

“En síntesis, la Convención postula a niños, niñas y adolescentes como protagonistas de su propia vida para que participen en todas las decisiones que a ellos les conciernen. Se trata del derecho a expresar su opinión y que sean escuchados, tanto en un procedimiento judicial o administrativo como en todos los ámbitos donde estén involucrados, familia, escuela, comunidad en general” (Unicef, 2003).

El giro de la mirada de la ley sobre los niños permite que salgan lentamente de la invisibilidad en la que estaban inmersos en un intento por devolverles la voz.

 

2. Participación de los niños en las entrevistas de mediación

¿A qué llamamos mediación?

La mediación es una modalidad de resolución de conflictos no formal, no confrontativa, confidencial, en la que se tiende al empoderamiento de los consultantes a través de un proceso facilitado por el o los mediadores. Si bien existen procedimientos de mediación obligatoria que transforman al proceso en un requisito para el inicio de acciones judiciales (por ejemplo, las leyes de Mediación prejudicial obligatoria N.° 26589, decreto reglamentario N.° 619/2010 de Capital Federal y N.° 13951, decreto reglamentario N.° 2530/10 de la Provincia de Buenos Aires), la esencia de la Mediación es su voluntariedad.

Existen muchas escuelas de mediación y con ellas maneras diferentes de definir el proceso.

La escuela de Harvard, cuyos referentes más importantes son Ury y Fisher, pone el foco en la negociación, diferencia el sujeto del problema y hace distinciones entre posiciones (cerradas, irreflexivas, opuestas, que cierran) e intereses y opciones. Es un procedimiento estructurado y reglado, si bien flexible. Tiene como objetivo conseguir acuerdos.

La escuela Transformativa de Bush y Folger focaliza en la visión transformativa del conflicto como oportunidad de cambio y crecimiento. Se centra en la revalorización personal (empowerment) y el reconocimiento. La revalorización está relacionada con la autoestima y el logro o diseño de metas, alternativas, habilidades, recursos personales. El reconocimiento se remite a la posibilidad de escuchar al otro, comprenderlo, hacer saber de esta comprensión y actuar en consecuencia. El objetivo es lograr el reconocimiento del otro y la revalorización de uno mismo, transformar el conflicto, aún si no hay acuerdo.

La escuela Circular Narrativa, cuyos referentes más importantes son Sara Cobb y Marinés Suarez, pone énfasis en la comunicación e interacción de las partes. Focaliza en las diferencias que tienen las historias contadas por cada uno. Su objetivo es el armado de historias alternativas que narren el problema desde otro ángulo y no el acuerdo en sí mismo.

La escuela Ecléctica, cuyo referente más importante es el Dr. Eduardo Cárdenas, toma conceptos de todas las escuelas de todas las escuelas mencionadas en los párrafos anteriores y contiene en sus fundamentos lineamientos basados en la cibernética de segundo orden (Heinz von Foerster, Bateson, Escuela de Milán) en la epistemología narrativa (Anderson y Goolishian) y el equipo reflexivo de Tom Andersen.

y contiene en sus fundamentos lineamientos basados en la cibernética de segundo orden como lo refieren Heinz von Foerster y Bateson, de la epistemología narrativa referida por Anderson y Goolishian y el equipo reflexivo de Tom Andersen.

Siguiendo este modelo y guiados por la práctica podríamos decir que la Mediación es un proceso para la paz entre las personas, entre los integrantes de una familia, entre los miembros de la sociedad. Puede llevarse a cabo en el Juzgado, en la oficina del mediador, en la escuela. Lo importante es que quienes participan de él crean en la Mediación.

Este es un proceso que se desarrolla en un espacio de confianza y en el que se generan conversaciones colaborativas, diálogos abiertos que permitirán trasformar las posturas antagónicas y confrontativas, las verdades absolutas (posiciones), las miradas detenidas en el pasado, las quejas, en necesidades, deseos, ofrecimientos y propuestas.

Los consultantes, integrantes de una familia, en el caso de la Mediación Familiar, revalorizarán, ejercitarán y/o descubrirán sus propias habilidades y recursos para autogestionar la solución de sus problemas focalizando la mirada en el futuro, en sus proyectos y sueños personales y familiares.

Para que estos objetivos se hagan posibles, es fundamental que los encuentros reúnan a todos los actores: consultantes, familia, red familiar y social. Podríamos llamarlas entrevistas de “múltiples actores”, según las define Jakko Seikkula en el Seminario Internacional “Diálogos abiertos en prácticas relacionales”, dictado en Argentina en mayo del corriente año.

El mediador es el facilitador de las conversaciones y parte integrante del equipo de trabajo que se conforma en cada entrevista.

La tarea del equipo es una pequeña obra de arte, un delicado bordado realizado con hilos de múltiples grosores y colores: descripciones individuales controversiales y controvertidas, emociones, silencios, pequeños pasos, avances, retrocesos, reclamos, deseos, proyectos.

El progreso de la obra irá fluyendo con el gradual crecimiento y empoderamiento de la familia en la gestión de las soluciones y culminará con una nueva descripción conjunta, pacífica y tranquilizadora, de la situación que convoca a la mediación.

En esta tarea, se tendrán en cuenta las ideas de multiplicidad de voces y perspectivas múltiples.

Cuando hablo de multiplicidad de voces me refiero a la necesidad de que todas las voces, presentes, ausentes, las más débiles, las más importantes, las internas, las externas, tengan un espacio en la entrevista. Todas serán escuchadas.

Las voces no son solamente aquellas con las que hablamos sino también las que están en nuestro interior mientras escuchamos.

“El hablar a otro u otros puede describirse como una conversación exterior, por otra parte, mientras escuchamos hablar a otros, mantenemos con nosotros mismos una conversación interior. Si dejamos que un tema determinado pase una y otra vez de las conversaciones externas a las internas y de estas a aquellas, podríamos decir que pasa a través de la perspectiva de varias conversaciones interiores y exteriores. Bateson mostró un gran interés por la importancia de las perspectivas múltiples: una misma cuestión podría entenderse de manera diferente en las diversas perspectivas y, al agruparlas (como en este proceso reflexivo), estas diferentes maneras de entender la cuestión podrían crear nuevas ideas acerca de ella” (Andersen, 2005).

Influyen fuertemente en este modo de encarar la mediación, las ideas del posmodernismo, del construccionismo social, del dialogismo y los principios de la hermenéutica.

Con este formato, todo lo dicho sobre la presencia de los niños en el proceso de Mediación Familiar es de aplicación para cualquier otro tipo de entrevista.

 

Los niños en la entrevista

Los niños son personajes adorables y complejos, tiernos, desafiantes, vulnerables, ruidosos, caóticos, creativos, transparentes, espontáneos…

Producen en nosotros sensaciones, sentimientos y actitudes de las más variadas.

Representan la realidad presente, la cotidianeidad, el futuro, la trascendencia y también nuestro pasado, nuestro envejecimiento y nuestro niño interior, olvidado, escondido o presente, determinante en nuestra subjetividad. La infancia es un concepto que ha ido variando a través de la historia, en su estatus legal, social, en su rol dentro de la familia, en la forma en que ha sido cuidada o descuidada, protegida o sometida por las instituciones. Sin embargo, y a pesar de estos cambios, mantiene intacta la característica intrínseca de novedad, pureza y pensamiento mágico: “Con los ojos abiertos, miro a mi alrededor, pero cuando los cierro veo lo que quiero yo” (Canción infantil “Si cierro mis ojos”. DVD Bubba descubriendo el cuerpo” Primeros pasos producciones.)

De la relación del niño y el adulto dice Tonucci: “El largo período más importante de toda la vida, en el cual se sientan las bases sobre las que se construirán la personalidad, la cultura, las habilidades de la mujer y del hombre, es el de los primeros días, los primeros meses y los primeros años.(…) Tener en cuenta sus exigencias y sus ideas puede comportar profundas adaptaciones y renuncias en los adultos.(…) Este niño tan (…) difícil de escuchar y de aprender, tiene en sí una fuerza revolucionaria: si estamos dispuestos a ponernos a su altura y a darle la palabra, será capaz de ayudarnos a comprender el mundo y nos dará la fuerza para cambiarlo” (Tonucci, 2003).

¿Qué lugar ocupan o pueden ocupar los niños en el proceso de mediación familiar? ¿En qué momento pueden participar? ¿En qué casos? ¿Desde qué edad? ¿De qué forma? ¿Para qué?

Como hemos visto, el cambio de paradigma legal instala en la sociedad el principio por el cual la voz de la infancia es un derecho que debe ser respetado y puesto en práctica. Sin embargo, no se trata solo de una cuestión legal sino también de resaltar el valor del lenguaje, de la polifonía, de las relaciones, de los encuentros humanos entre adultos y niños. Somos en las relaciones.

 

¿Desde qué edad pueden participar?

El lenguaje aparece desde el primer instante de vida, en la mirada del bebé a su madre, en el contacto de los cuerpos, en los gestos, en la escucha al estar con otros, en el tacto.

Es maravilloso ver a pequeños de un año dialogando entre sí con sus monosílabos, risas y gorjeos#. ”Lo primero que aprendemos es a respirar y lo segundo es a estar en la relación”# (Seikkula, 2012). La relación es el lenguaje, el lenguaje es la relación.

La visibilidad de la voz del niño existe desde el mismo momento de su nacimiento. (Antes aún para algunos autores).

Colwyn Trevarthen entre los años 60-70 realizó estudios sobre el lenguaje entre la madre y el bebé pequeño y concluyó que los pequeños están en un diálogo activo con su madre y su padre permanentemente e inclusive anticipan el final de una frase con movimientos corporales, sonrisas, sonidos.

Con todo esto quiero decir que los niños pueden participar en las reuniones de mediación desde muy pequeños.

El lenguaje de ese período será el lenguaje del cuidado y lo nutricio, de la comunicación visual y el contacto físico, del arrullo.

 

¿Cuándo? ¿En qué momento del proceso de Mediación?

Es conveniente la participación de los niños en aquellos casos en los que se tratarán temas cuya decisión o resolución traerá cambios en sus vidas. Es mejor recibirlos al principio del proceso de mediación, antes de que se tomen las decisiones sobre los temas en disputa y luego de haber obtenido la autorización de los padres para invitarlos. Es muy importante que los niños sepan que sus padres están trabajando juntos para que todos estén mejor.

Otro momento importante para recibirlos es en el momento del cierre, cuando los padres han podido (o no) acordar soluciones. Es una etapa de evaluación de lo realizado, de información a los niños de los acuerdos y decisiones tomadas, de fortalecimiento de la pareja parental y de los lazos familiares.

 

¿Cómo será su participación?

La participación de los niños será acordada y programada junto con los padres o adultos responsables y, por lo general, serán encuentros conjuntos entre los adultos y los niños.

El espacio físico estará preparado para recibir a los niños según su edad. Será útil contar con algunos elementos adecuados a diversas edades: títeres, autos, bloques, muñecos, lápices, hojas.

El mediador debe conocer la información que los padres, con anterioridad, han brindado a los niños sobre el proceso de mediación y sobre la situación familiar. También es muy importante que el mediador permita que los padres sean nuestros guías en lo que se refiere a las “leyes familiares”.

El mediador no tiene que ser un especialista o experto en niños para poder incluirlos en la entrevista. Debe conocer las etapas evolutivas de los niños y sus características, realizar lecturas adecuadas sobre las necesidades de estos según su edad, y sobre todo, tener la experiencia real de hablar con niños de todas las edades en distintos contextos.

De cualquier manera, la base para que todo salga bien es creer que la presencia de los niños es necesaria y útil en las entrevistas, siempre bajo ciertas condiciones de cuidado y preparación del encuentro.

Las conductas de los niños en la entrevista, sus palabras, sus juegos y dibujos no serán interpretados, son simplemente una forma de lenguaje en la conversación que irá siendo.

Se tendrá especial cuidado en respetar a quien no quiera hablar. El silencio es una forma de lenguaje.

 

¿Qué lugar ocupan los niños en la entrevista?

Esta pregunta es crucial. Los niños no llegan a la entrevista para decidir, definir, desempatar, relatar quién tiene razón. Son incluidos para participar en las conversaciones colaborativas que permiten la construcción de realidades diferentes de las que se vienen armando en el centro de la disputa.
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